¿Qué es el Canal Interno de Información?
El Canal Interno de Información es un medio creado por Kero Sur, s.l. a través del cual, cualquier persona en un contexto laboral y/o profesional puede denunciar o informar de manera confidencial sobre hechos o conductas irregulares en las que haya intervenido directa o indirectamente cualquier empleado de Kero Sur, s.l., y que puedan ser constitutivas de delito o infracción administrativa grave o muy grave, o bien, que suponga o pueda suponer una vulneración de la normativa interna de Kero Sur, s.l.
Por favor, tenga en cuenta que otro tipo de peticiones, quejas o sugerencias, no deben realizarse a través de este canal. Para ello puede utilizar las vías disponibles en el apartado “Contacto” de esta web.
Debe utilizar este Canal de Denuncias de forma consciente y responsable, evitando el uso abusivo y de mala fe. Por ello, es importante que solo transmita aquella información que razonablemente sea veraz.
El Canal Interno de Información forma parte de la Política del Sistema Interno de Información aprobada por el órgano de administración de Kero Sur, s.l., cuyo contenido está disponible en el siguiente documento: Política del sistema interno de información de Kero Sur, s.l.
¿Cómo funciona?
El funcionamiento del Canal Interno de Información está recogido en el Procedimiento del Canal Interno de Información aprobado por el órgano de administración de Kero Sur, s.l., cuyo contenido está disponible en el siguiente documento: Procedimiento del Canal Interno de Información de Kero Sur, s.l.
Las comunicaciones deben dirigirse al Responsable del Sistema, preferentemente, por medio de su correo electrónico: Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo.
Debe hacer referencia expresa de que el contenido es una denuncia amparada por el Sistema Interno de Información de Kero Sur, s.l.
La denuncia podrá realizarse de forma anónima. Para ello, recomendamos utilizar un correo electrónico de nueva creación y de uso exclusivo para esta finalidad. De este modo podrá servir como medio de notificaciones, salvo que el denunciante manifieste lo contrario. En el plazo máximo de siete días recibirá un acuse de recibo.
Se podrán adjuntar todas las pruebas, imágenes, vídeos o documentos que el informante considere necesarios para fundamentar los hechos denunciados.
Las denuncias admitidas serán estudiadas e investigadas en un plazo de tres meses prorrogables por otros tres meses por el Responsable del Sistema que desarrollará la correspondiente investigación de forma independiente e imparcial con el objetivo de esclarecer la veracidad o falsedad de la denuncia.
Todo el procedimiento es absolutamente confidencial.
El Responsable del Sistema velará por la protección de los derechos del denunciante (protección frente a represalias, confidencialidad y/o anonimato), del denunciado (derecho a la defensa, presunción de inocencia y al honor) y de los terceros que resulten involucrados.
Objetivos del canal:
- Detectar conductas ilícitas o irregulares.
- Facilitar el acceso al canal de todos nuestros empleados, grupo de interés y terceros en general.
- Garantizar la confidencialidad y el anonimato.
- Proteger adecuadamente al denunciante como pieza fundamental para la cultura de cumplimiento de la organización.
- Recepción y tratamiento de las denuncias sobre irregularidades o incumplimientos de la normativa cometidos por empleados y/o grupos de interés.
- Preservar la reputación.
- Generar confianza con nuestro grupo de interés.
- Mejorar los procesos internos.
Garantías del denunciante:
- Las denuncias presentadas pueden ser anónimas (a elección del denunciante), por tanto, no es necesario incluir la identidad del denunciante, ni el departamento del que procede la denuncia, ni ninguna información que permita identificarlo.
- Se garantiza la confidencialidad tanto de la información comunicada como de la identidad del denunciante. Solo las personas que gestionan el canal tendrán acceso a la denuncia y solo ellos se comunicarán con el denunciante.
- Ausencia de represalias para los denunciantes de buena fe.
- El denunciante podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación del tratamiento y portabilidad.
- Existen, además, canales externos de información a los que el denunciante puede acudir si lo considera conveniente. Entre otros, puede acudir a la Autoridad Independiente de Protección del Informante.